Mayor seguridad
Permite identificar de mejor manera a las personas autorizadas para ingresar al conjunto.
El Conjunto Araucarias de Quitumbe ha implementado un sistema biométrico de control de ingreso y salida mediante huella digital, gestionado técnicamente a través de una plataforma o software Hikvision. Este sistema tiene como propósito facilitar, ordenar y controlar el acceso al conjunto residencial por parte de residentes, visitantes autorizados o personas vinculadas al conjunto, de acuerdo con las reglas internas de convivencia y seguridad.
La implementación del nuevo sistema responde a un proceso de modernización, mejora continua y fortalecimiento de la seguridad interna. Su finalidad operativa es ofrecer un ingreso y salida más seguro, ordenado, ágil y confiable para residentes, familiares autorizados y demás usuarios habilitados.
Permite identificar de mejor manera a las personas autorizadas para ingresar al conjunto.
Contribuye a evitar ingresos no autorizados y fortalece la gestión en áreas comunes y puntos de entrada.
Incorpora tecnología para una administración más eficiente y acorde con las necesidades actuales.
Reduce tiempos de espera y facilita el acceso diario de los habitantes autorizados.
Permite disponer de registros necesarios de ingreso y salida, exclusivamente para control de acceso.
Reduce riesgos asociados con pérdida, préstamo o duplicación no autorizada de llaves, controles o tarjetas.
Facilita mantener actualizada la información de residentes y personas autorizadas.
La huella digital constituye un dato biométrico. Conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales del Ecuador, los datos biométricos son datos personales únicos relativos a características físicas, fisiológicas o conductuales que permiten o confirman la identificación única de una persona natural. Además, los datos biométricos forman parte de los datos sensibles, por lo que requieren especial cuidado, información previa clara, finalidad determinada, medidas de seguridad adecuadas y consentimiento explícito cuando el tratamiento se base en la voluntad del titular.
El objetivo de este manual es informar a los residentes y usuarios del sistema biométrico sobre el uso de la huella digital, las condiciones de tratamiento de sus datos personales, sus derechos, las medidas de seguridad aplicables y el procedimiento para otorgar o revocar el consentimiento informado.
Este documento también sirve como soporte institucional para que la administración del conjunto cuente con una guía de actuación, un registro documental del consentimiento y una base de control preventivo frente a riesgos jurídicos, organizacionales y técnicos asociados al tratamiento de datos biométricos.
Este manual aplica a:
| Concepto | Explicación para usuarios |
|---|---|
| Dato personal | Información que identifica o hace identificable a una persona natural, directa o indirectamente. |
| Dato biométrico | Dato personal único relativo a características físicas, fisiológicas o conductuales que permite o confirma la identificación única de una persona, como la huella digital o datos dactiloscópicos. |
| Dato sensible | Categoría especial de dato personal que incluye, entre otros, datos biométricos, datos genéticos, datos de salud y aquellos cuyo uso indebido pueda afectar derechos o generar discriminación. |
| Tratamiento | Cualquier operación realizada sobre datos personales, como recolección, registro, conservación, consulta, uso, comunicación, supresión o destrucción. |
| Consentimiento | Manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca mediante la cual el titular autoriza el tratamiento de sus datos personales. |
| Responsable del tratamiento | Persona natural o jurídica que decide sobre la finalidad y el tratamiento de los datos personales. En este manual, la administración del conjunto debe identificar formalmente al responsable antes de aprobar el documento. |
| Encargado del tratamiento | Persona natural o jurídica que trata datos personales por cuenta del responsable y conforme a sus instrucciones documentadas. |
| Titular | Persona natural cuyos datos personales son objeto de tratamiento. En este manual, el residente, usuario o persona autorizada cuya huella se registra. |
| Tarjeta electrónica de acceso | Credencial física asociada a un usuario autorizado. No constituye el mecanismo principal de acceso y solo podrá entregarse como alternativa excepcional, personal e intransferible, previa revisión y autorización de la Administración. |
| Vulneración de seguridad | Incidente que afecta la confidencialidad, integridad o disponibilidad de los datos personales. |
El sistema biométrico instalado permite autenticar a una persona mediante su huella digital para habilitar o registrar su ingreso y salida del Conjunto Araucarias de Quitumbe. Su operación puede involucrar dispositivos lectores de huella, registros de usuarios autorizados, bitácoras de eventos de acceso y administración técnica mediante la plataforma Hikvision.
Como mecanismo complementario y excepcional, el sistema podrá habilitar tarjetas electrónicas individuales para usuarios que cumplan los criterios definidos por la Administración. La tarjeta no sustituye de forma general al registro biométrico, no se entrega automáticamente y su disponibilidad es limitada.
La administración debe verificar y documentar la configuración técnica real del sistema, especialmente si el almacenamiento de la huella o plantilla biométrica se realiza en equipos locales, servidores, nube, dispositivos de control de acceso o cualquier otra infraestructura. Este manual no presume una arquitectura técnica específica no verificada.
La finalidad única, determinada, explícita y legítima del tratamiento de la huella digital será permitir el control de ingreso y salida al Conjunto Araucarias de Quitumbe. Esto incluye verificar que la persona que utiliza el acceso se encuentre autorizada y registrar, cuando el sistema lo permita, eventos vinculados al ingreso o salida.
| Finalidad autorizada | Descripción | Límite institucional |
|---|---|---|
| Control de ingreso | Verificar que una persona autorizada pueda ingresar al conjunto mediante su huella digital. | No se utilizará para fines comerciales, discriminatorios, de vigilancia general o perfilamiento. |
| Control de salida | Registrar o permitir la salida mediante autenticación biométrica, si el sistema está configurado para ello. | No se utilizará para controlar hábitos, rutinas, permanencia o comportamiento personal de los residentes. |
| Gestión operativa del acceso | Actualizar usuarios autorizados, bloquear accesos vencidos, corregir errores y atender solicitudes relacionadas con ingreso y salida. | La gestión deberá limitarse a lo estrictamente necesario y quedar restringida a personal autorizado. |
El tratamiento de huellas digitales debe observar el marco ecuatoriano de protección de datos personales contenido en los documentos consultados. En particular:
La administración del Conjunto Araucarias de Quitumbe deberá aplicar, como mínimo, los siguientes principios:
| Principio | Aplicación práctica en el sistema biométrico |
|---|---|
| Juridicidad | El tratamiento debe realizarse conforme a la Constitución, la LOPDP, su normativa aplicable y las obligaciones que correspondan. |
| Lealtad y transparencia | El usuario debe saber que su huella se registra, para qué se usa, quién la administra, cómo ejercer derechos y cómo revocar el consentimiento. |
| Finalidad | La huella solo podrá tratarse para ingreso y salida al conjunto. Cualquier otra finalidad requerirá nueva evaluación legal y, si corresponde, nuevo consentimiento. |
| Pertinencia y minimización | Se deben recolectar únicamente los datos estrictamente necesarios para operar el acceso biométrico. |
| Proporcionalidad | El uso de huella debe ser adecuado, necesario, oportuno, relevante y no excesivo frente al objetivo de control de acceso residencial. |
| Confidencialidad | Los datos no deben tratarse, comunicarse ni consultarse para fines distintos, y solo el personal autorizado puede acceder al sistema. |
| Calidad y exactitud | Los datos de identificación y relación con el conjunto deben mantenerse actualizados y corregirse cuando sea necesario. |
| Conservación | Los datos se conservarán solo durante el tiempo necesario para cumplir la finalidad y deberán revisarse periódicamente. |
| Seguridad | Se deben implementar medidas de seguridad técnicas, organizativas, físicas, administrativas y jurídicas para proteger la huella y los registros de acceso. |
| Responsabilidad proactiva y demostrada | La administración debe poder demostrar que informó, obtuvo consentimiento, aplicó medidas, atendió derechos y restringió el uso del sistema. |
Según la configuración del sistema y las necesidades mínimas de administración, podrían tratarse las siguientes categorías de datos:
| Categoría | Ejemplos | Finalidad permitida | Nivel de cuidado |
|---|---|---|---|
| Datos de identificación | Nombres, apellidos, número de cédula o documento. | Identificar al usuario autorizado del sistema. | Protección ordinaria y acceso restringido. |
| Datos de contacto | Teléfono, correo electrónico o medio de contacto. | Comunicar asuntos relacionados con acceso, solicitudes o derechos. | Protección ordinaria y uso limitado. |
| Relación con el conjunto | Casa, departamento, local, cargo, calidad de residente, arrendatario, familiar, visitante autorizado o persona vinculada. | Verificar legitimación para el ingreso y salida. | Acceso restringido. |
| Dato biométrico | Huella digital, dato dactiloscópico, plantilla biométrica o código técnico derivado, según configuración real. | Autenticación exclusiva para ingreso y salida. | Dato sensible: protección reforzada y consentimiento explícito. |
| Credencial electrónica | Número, código o identificador técnico de la tarjeta asignada, estado de activación, fecha de entrega, bloqueo o devolución. | Gestionar la alternativa excepcional de acceso y vincularla únicamente con la persona autorizada. | Acceso restringido, inventario controlado y bloqueo inmediato ante pérdida o uso indebido. |
| Registros de eventos | Fecha, hora, punto de acceso, evento de ingreso o salida, usuario autorizado. | Operar y verificar el acceso al conjunto. | Uso limitado, no perfilamiento ni vigilancia general. |
| Documentación de consentimiento | Formulario firmado, fecha de otorgamiento, revocatoria, solicitudes del titular. | Demostrar información previa, voluntad y gestión de derechos. | Custodia administrativa segura. |
El Conjunto Araucarias de Quitumbe declara que no utilizará la huella digital para fines distintos al control de ingreso y salida. En consecuencia, queda expresamente excluido el uso de la huella o de los registros del sistema para:
La tarjeta electrónica no constituye el mecanismo principal de acceso. Podrá evaluarse únicamente como una alternativa limitada y excepcional para casos debidamente justificados. Su entrega dependerá de la revisión y autorización de la Administración y de la disponibilidad existente, debido a que el número de tarjetas es limitado.
El interesado deberá presentar su solicitud y explicar el motivo. La Administración verificará el caso antes de autorizar la entrega.
La tarjeta será personal e intransferible. No podrá prestarse, cederse, duplicarse ni utilizarse para facilitar el ingreso de personas no autorizadas.
La solicitud no genera una entrega automática. La asignación estará sujeta a disponibilidad y a la autorización administrativa correspondiente.
La pérdida, préstamo, duplicación no autorizada o uso indebido deberá reportarse de inmediato y podrá generar bloqueo y las acciones administrativas previstas en las normas internas.
Las unidades habitacionales conformadas por más de cinco miembros podrán cancelar la totalidad del valor correspondiente hasta en tres cuotas mensuales, previa coordinación con la Administración. Esta facilidad está orientada a hogares que requieren registrar a un mayor número de integrantes dentro del nuevo sistema de acceso.
Hikvision es identificada en este manual como la plataforma o software utilizado para gestionar técnicamente el sistema biométrico. Sin embargo, este documento no afirma que Hikvision sea el responsable único del tratamiento, ni que reciba, almacene o transfiera datos personales, porque tales aspectos dependen de la arquitectura técnica, la configuración del sistema, las condiciones contractuales, el soporte contratado y la forma real de operación.
Si Hikvision, un distribuidor, integrador, técnico o proveedor de soporte accede a datos personales o al sistema por cuenta del conjunto, dicho acceso deberá estar documentado mediante contrato o instrumento equivalente que establezca, como mínimo:
| Actor | Responsabilidades mínimas |
|---|---|
| Conjunto Araucarias de Quitumbe / Administración | Identificar formalmente al responsable del tratamiento; informar al usuario; recabar consentimiento válido; limitar la finalidad a ingreso y salida; implementar medidas de seguridad; atender derechos; mantener registros; revisar contratos con proveedores; aplicar protección de datos desde el diseño y por defecto; conservar datos solo por el tiempo necesario. |
| Representante o administrador designado | Custodiar formularios; controlar accesos al sistema; autorizar altas, bajas y modificaciones; evaluar solicitudes excepcionales de tarjeta; mantener inventario de tarjetas entregadas, disponibles, bloqueadas y devueltas; documentar solicitudes; coordinar eliminación o bloqueo; capacitar al personal; mantener evidencias de cumplimiento. |
| Personal con acceso al sistema | Usar el sistema solo para la finalidad autorizada; guardar confidencialidad; no copiar, exportar, fotografiar, compartir ni consultar datos sin autorización; reportar incidentes; usar credenciales individuales y seguras. |
| Usuario o titular | Leer la información; otorgar o negar libremente el consentimiento; proporcionar datos exactos; reportar errores o accesos indebidos; solicitar actualización o eliminación cuando corresponda; no prestar su acceso biométrico ni una tarjeta asignada; comunicar inmediatamente la pérdida, daño o uso no autorizado de la tarjeta. |
| Proveedor tecnológico, integrador o soporte técnico | Actuar únicamente conforme a instrucciones documentadas; no usar datos para fines propios; mantener confidencialidad; aplicar medidas de seguridad; asistir en solicitudes; notificar incidentes; eliminar o devolver datos al terminar el servicio si corresponde. |
| Delegado de Protección de Datos, si corresponde | Asesorar, supervisar cumplimiento, cooperar con la Autoridad de Protección de Datos Personales y actuar como punto de contacto en materia de tratamiento de datos, de acuerdo con las condiciones legales aplicables. |
Por tratarse de datos biométricos y sensibles, la administración deberá adoptar medidas de seguridad reforzadas, proporcionales al riesgo, al estado de la técnica, a la naturaleza de los datos y al contexto residencial. Como mínimo, se recomienda aplicar las siguientes:
Si ocurre una vulneración de seguridad que afecte la confidencialidad, integridad o disponibilidad de los datos personales, la administración deberá activar un procedimiento interno de respuesta, documentar el hecho, evaluar riesgos para los titulares y realizar las notificaciones que correspondan conforme a la LOPDP. El encargado o proveedor que conozca una vulneración debe informar al responsable tan pronto sea posible y dentro del término legal aplicable.
Los titulares de datos personales tienen derechos irrenunciables. En el contexto del sistema biométrico, los usuarios podrán ejercer, según corresponda, los siguientes derechos:
| Derecho | Contenido práctico |
|---|---|
| Información | Ser informado sobre fines, base legal, tipos de tratamiento, conservación, responsable, derechos, transferencias, consecuencias de entregar o no los datos y mecanismos de reclamo. |
| Acceso | Conocer y obtener información sobre los datos personales tratados por el sistema, sin necesidad de justificar la solicitud. |
| Rectificación y actualización | Solicitar corrección o actualización de datos inexactos o incompletos. |
| Eliminación | Solicitar la supresión de datos cuando el tratamiento no cumpla principios, no sea necesario, haya cumplido su finalidad, haya vencido el plazo de conservación, afecte derechos, se revoque el consentimiento o exista obligación legal. |
| Oposición | Oponerse al tratamiento en los casos previstos por la normativa, especialmente cuando el tratamiento no sea necesario o existan motivos personales legítimos. |
| Suspensión o limitación | Solicitar la suspensión del tratamiento cuando se impugne la exactitud, exista tratamiento ilícito o se requiera limitar el uso en los casos previstos. |
| Portabilidad | Solicitar la entrega o transmisión de datos en formato compatible cuando proceda técnica y legalmente. |
| No ser objeto de decisiones automatizadas indebidas | Solicitar explicación, criterios o impugnar decisiones basadas en valoraciones automatizadas cuando produzcan efectos jurídicos o afecten derechos. El sistema de acceso no debe usarse para perfilamiento. |
| Revocatoria del consentimiento | Retirar el consentimiento en cualquier momento, sin necesidad de justificación. La revocatoria no tiene efectos retroactivos sobre tratamientos realizados antes de retirarla. |
El usuario podrá presentar consultas, solicitudes o revocatorias ante la administración del Conjunto Araucarias de Quitumbe mediante los canales que se completen y aprueben formalmente:
| Responsable o área de contacto: | ____________________________________________________________ |
| Correo electrónico: | ____________________________________________________________ |
| Teléfono: | ____________________________________________________________ |
| Dirección física: | Conjunto Araucarias de Quitumbe: ________________________________ |
Queda prohibido para la administración, personal de seguridad, proveedores y cualquier persona con acceso al sistema:
Los datos personales tratados en el sistema biométrico deberán conservarse por un tiempo no mayor al necesario para cumplir la finalidad de ingreso y salida. La administración deberá definir y documentar plazos internos de conservación, revisión periódica y eliminación segura.
| Tipo de dato | Criterio de conservación recomendado | Acción al finalizar la necesidad |
|---|---|---|
| Huella, plantilla biométrica o dato técnico equivalente | Mientras el usuario mantenga vínculo o autorización vigente y consentimiento activo. | Eliminar, bloquear o hacer ilegible de forma segura cuando se revoque el consentimiento, termine la relación o deje de ser necesario. |
| Datos de identificación y relación con el conjunto | Mientras sean necesarios para gestionar usuarios autorizados. | Actualizar o eliminar cuando el usuario deje de estar autorizado. |
| Bitácoras de ingreso y salida | Solo por el plazo proporcional que apruebe la administración luego de análisis de riesgos y necesidad operativa. | Depurar periódicamente, evitando conservación indefinida. |
| Registro de tarjeta electrónica | Mientras la tarjeta permanezca asignada y el usuario mantenga autorización vigente. | Bloquear la credencial, registrar su devolución o pérdida y depurar la asociación cuando finalice la autorización. |
| Consentimientos y revocatorias | Mientras sea necesario para demostrar información previa, autorización y cumplimiento de obligaciones. | Archivar de forma segura y revisar periódicamente su necesidad. |
Sí. La huella digital es un dato biométrico y los datos biométricos forman parte de los datos sensibles. Por ello requieren especial protección y consentimiento explícito cuando se tratan con base en la autorización del titular.
Únicamente para controlar el ingreso y salida al Conjunto Araucarias de Quitumbe. No se usará para vigilancia general, perfilamiento, fines comerciales, discriminación ni control laboral.
El consentimiento debe ser libre. Si usted no autoriza el registro, la administración deberá informarle las consecuencias operativas y, de ser procedente, coordinar un mecanismo alternativo razonable de acceso conforme a las reglas de seguridad del conjunto.
Sí. Puede revocarlo en cualquier momento, sin necesidad de justificar su decisión. La revocatoria no afecta la licitud del tratamiento realizado antes de retirarla.
Solo personal autorizado por la administración y, si corresponde, proveedores técnicos que actúen bajo instrucciones documentadas, confidencialidad y medidas de seguridad. No debe existir acceso informal ni consulta por terceros.
Este manual no determina que Hikvision sea responsable único. Hikvision es la plataforma tecnológica usada para gestionar el sistema. Su rol jurídico dependerá de los contratos, la configuración, el soporte y si accede o no a datos personales.
La administración deberá actualizar, bloquear o eliminar su registro biométrico cuando deje de existir la necesidad de conservarlo, salvo que exista una razón legal documentada para mantener información específica.
Sí. Puede ejercer sus derechos mediante los canales de contacto del conjunto. La administración debe atender las solicitudes aplicables dentro de los plazos legales y dejar constancia documental.
Pueden presentar una solicitud, pero la tarjeta es una alternativa excepcional. La Administración revisará si existe una justificación, verificará la disponibilidad y decidirá si corresponde autorizarla.
Principalmente cuando no sea técnicamente posible registrar ninguna huella, en personas de la tercera edad con dificultades de uso o cuando existan condiciones especiales que dificulten el funcionamiento normal del acceso biométrico.
No. La tarjeta es personal e intransferible. Su préstamo, cesión, duplicación o uso para permitir el ingreso de personas no autorizadas puede ocasionar el bloqueo y las acciones administrativas contempladas en las normas internas.
Debe informar inmediatamente a la Administración para que la credencial sea bloqueada. Cualquier reposición dependerá de la revisión del caso, las reglas internas y la disponibilidad existente.
No. El mecanismo principal es el acceso biométrico. La tarjeta se reserva para casos excepcionales debidamente revisados y autorizados.
Las unidades habitacionales con más de cinco miembros podrán coordinar con la Administración el pago de la totalidad del valor correspondiente hasta en tres cuotas mensuales.
Antes de registrar la huella digital, el usuario debe leer o recibir explicación de esta declaración. La firma del formulario final constituye una manifestación de voluntad para el tratamiento específico de la huella digital con fines exclusivos de ingreso y salida.
Declaración:
Declaro que he sido informado de manera clara, sencilla y suficiente sobre el sistema biométrico de control de ingreso y salida del Conjunto Araucarias de Quitumbe. Entiendo que mi huella digital es un dato biométrico y sensible, y que su tratamiento requiere especial protección.
Declaro que la finalidad informada es exclusivamente permitir y controlar mi ingreso y salida al conjunto residencial. No autorizo el uso de mi huella digital para vigilancia general, perfilamiento, fines comerciales, discriminación, control laboral, monitoreo de hábitos o cualquier otro fin distinto al informado.
Declaro que conozco mis derechos de información, acceso, rectificación, actualización, eliminación, oposición, suspensión, portabilidad cuando corresponda, y revocatoria del consentimiento. Entiendo que puedo retirar mi consentimiento en cualquier momento, sin necesidad de justificación.
Declaro que se me informó que el sistema se gestiona técnicamente mediante plataforma Hikvision, y que cualquier acceso de proveedores técnicos debe estar documentado y limitado a la finalidad autorizada.
También he sido informado de que la tarjeta electrónica es una alternativa excepcional, personal e intransferible, sujeta a justificación, revisión, autorización y disponibilidad; y que su pérdida, préstamo, duplicación o uso indebido deberá reportarse y podrá dar lugar a bloqueo y acciones administrativas conforme a las normas internas.
Con base en esta información, podré aceptar o negar el registro de mi huella digital y, cuando exista una causa justificada, solicitar que la Administración evalúe una alternativa operativa de acceso.
Conjunto Araucarias de Quitumbe
Credencial excepcional para el control de ingreso y salida, sujeta a autorización, disponibilidad y cumplimiento de las normas del manual institucional.
| Responsable / Administración | Conjunto Araucarias de Quitumbe / Administración designada. |
|---|---|
| Sistema de acceso | Sistema de control de ingreso y salida administrado técnicamente mediante la plataforma Hikvision. |
| Naturaleza de la tarjeta | Mecanismo complementario y excepcional, personal e intransferible, entregado únicamente después de la revisión y autorización de la Administración. |
| Finalidad permitida | Control de ingreso y salida del titular autorizado. No habilita usos comerciales, laborales, de vigilancia general, perfilamiento ni finalidades distintas a las establecidas en el manual. |
| Canal para reportes | Correo / teléfono / oficina de Administración: ________________________________________________ |
Declaración de aceptación del usuario:
Declaro que he recibido la tarjeta identificada en este formulario, que conozco su carácter excepcional, personal e intransferible y que acepto las restricciones y obligaciones de uso señaladas. Comprendo que el mal uso, préstamo, cesión, duplicación, manipulación o utilización para facilitar accesos no autorizados puede ocasionar el bloqueo inmediato de la tarjeta y la aplicación de la normativa establecida en el manual institucional.
ACEPTO recibir y utilizar la tarjeta exclusivamente conforme a estas condiciones.
NO ACEPTO las condiciones de entrega y uso de la tarjeta.
Control de la Administración:
Este documento integra el funcionamiento ordinario del control biométrico, la alternativa excepcional de tarjeta electrónica y la facilidad de pago para unidades habitacionales con más de cinco integrantes. Antes de su aprobación definitiva, la Administración deberá completar los datos de contacto, confirmar la configuración técnica real, aprobar los criterios internos de entrega y bloqueo de tarjetas, definir los valores y fechas de pago aplicables y revisar el contenido con asesoría jurídica competente.